Fecha: martes 29 de diciembre, 2014
Pagina Web: www.aeat.es
Devolución parcial por adquisiciones a partir de 2009
Introducción
Devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos para Agricultores y Ganaderos
1 ¿Que se devuelve?
Ámbito y Extensión
2 ¿Quienes tienen derecho a la devolución?
3 ¿Que consumos de gasóleo dan derecho a la devolución?
4 ¿A cuanto asciende la devolución?
Forma y Procedimiento
5 ¿Que hay que hacer para obtener la devolución?
6 ¿Como se efectúa la devolución?
7 ¿Existe alguno otra obligación para los beneficiarios de la devolución?
8 ¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
9 ¿Cuando entra en vigor esta normativa?
Preguntas Frecuentes
Ámbito de las Comunidades de bienes y las Sociedades Civiles
Sobre la solicitud
¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?
Normativa
Artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
Orden EHA/993/2010, de 21 de abril,
Puede Tramitar
Solicitud de devolución por adquisiciones a partir de 2009Ventana nueva
Solicitud de devoluciones por adquisiciones 2009 con importación de fihcerosVentana nueva
Consulta de devoluciones