Devolución del impuesto de gasóleo agrícola

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Devolución del impuesto de gasóleo agrícola


Fecha:
martes 29 de diciembre, 2014 
Pagina Web: www.aeat.es

Devolución parcial por adquisiciones a partir de 2009

Introducción
        Devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos para Agricultores y Ganaderos
        1 ¿Que se devuelve?

Ámbito y Extensión
        2 ¿Quienes tienen derecho a la devolución?
        3 ¿Que consumos de gasóleo dan derecho a la devolución?
        4 ¿A cuanto asciende la devolución?

Forma y Procedimiento
        5 ¿Que hay que hacer para obtener la devolución?
        6 ¿Como se efectúa la devolución?
        7 ¿Existe alguno otra obligación para los beneficiarios de la devolución?
        8 ¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
        9 ¿Cuando entra en vigor esta normativa?

Preguntas Frecuentes

        Ámbito de las Comunidades de bienes y las Sociedades Civiles
        Sobre la solicitud
        ¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Normativa
        Artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
        Orden EHA/993/2010, de 21 de abril,

Puede Tramitar
        Solicitud de devolución por adquisiciones a partir de 2009Ventana nueva
        Solicitud de devoluciones por adquisiciones 2009 con importación de fihcerosVentana nueva
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